Luces diurnas.

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Son muchos los correos que hemos recibido respecto a este tema, aunque hemos hablado varias veces sobre las famosas luces diurnas hoy vamos a volver a darle alguna pincelada.

¿Que son las lucse diurnas?.

Se trata de un sistema lumínico que enciende, siempre y cuando la luz de posición o cruce no funcione, unas luces que se ven muy bien, pero que apenas iluminan. Cumplen con la función de que seamos vistos, pero no sustituyen al alumbrado convencional. Su uso es voluntario siempre y cuando no sea obligatorio otro tipo de alumbrado. Gastan muy poca energía.

Se han diseñado para funcionar mucho tiempo y a un coste inferior, especialmente las LED, que funcionarán hasta que nos hartemos del coche o lo desguacen, y con un aumento del consumo ridículo: +0,2% a +0,3%. Pueden ir integradas dentro de los grupos ópticos delanteros o por separado.

Todos los coches nuevos que se han homologado este año las llevan de serie. Normalmente son bombillas halógenas, de menor duración, que se integran junto a los faros normales o dentro de los antiniebla, con una bombilla aparte, no inhibiendo el funcionamiento de los propios antiniebla delanteros (que no son obligatorios).

Dado que es una medida de seguridad activa (y por qué no decirlo, un negocio), han proliferado en el mercado los sistemas de luces diurnas de terceros, para instalarlo en coches que no tengan luces diurnas de serie. Suponen un notable ahorro si se usan en vez de las luces de cruce, pero esto hay que matizarlo.

A partir del 14 de enero de 2011, hay que incluir en la ficha técnica las luces diurnas, mediante ITV, vengan de serie o no. Los coches nuevos ya vienen con el trabajo hecho, pero en los “antiguos” y antiguos es otro tema, porque hay que homologarlo. Tenemos que cumplir algunas normativas, no se pueden colocar donde nos dé la gana.

Se deben respetar estas cotas en las luces DRL no integradas dentro de los grupos ópticos:

  • Altura máxima desde el suelo: 1.500 mm
  • Altura mínima desde el suelo: 250 mm
  • Distancia máxima desde el lateral: 400 mm
  • Separacion minima entre plafones: 600mm

 

Normativa aplicable a las luces diurnas.

Los faros o luces han de cumplir la normativa ECE R87, y la instalación debe cumplir la normativa ECE R48. Por ejemplo, la última especifica que las luces han de colocarse dentro de unas cotas determinadas, inhibiéndose con la luz de posición, y han de funcionar con el motor encendido, desde el arranque.

Hasta 2010, se las podía instalar uno mismo, ahorrando los gastos del taller, pero hoy ya no es posible. Además del coste de las propias luces, tendremos que añadir la instalación, unos 80 a 120 euros de media porque necesitamos un certificado de taller que verifique que se cumple la normativa.

Pero no solo eso, también hay que pasar una ITV de reforma para introducirlas en la ficha técnica. En total, nos tenemos que gastar más de 350 euros. Más de uno pensará que en ese plan, colaborará con la seguridad vial su tía. Pero es el precio por llevar algo bien instalado y homologado, cumpliendo con la legislacion y con las directrices de la UE.

Digamos que existen tres caminos:

  • Utilizar luces diurnas de forma legal, invirtiendo unos 350 euros en adelante
  • Utilizar luces diurnas, sin incluirlas en la ficha técnica, exponiéndonos a una multa de 200 euros, y teniendo que quitarlas al pasar ITV. Esto no es legal, y no incito a nadie a inclumplir la legislación, pero es una realidad cotidiana.
  • Pasar de las luces diurnas y usar las de cruce de siempre, o no hacer nada, a fin de cuentas es y sera voluntario llevar este tipo de luces.

Supongamos que vamos a ser buenos ciudadanos y a cumplir paso a paso con todo lo que nos exige la Ley, y evitarnos problemas. Lo primero, elegir el modelo, no hay que comprar nada que no esté homologado para la Unión Europea, de modo que hay que irse olvidando de DealExtreme y cosas por el estilo, o tiraremos el dinero. O de cosas como estas;

Todo vehiculo que lleve instalado una luz diurna debe pasar por la ITV para ‘legalizar’ su situacion. Los vehiculos que llevan estas luces instaladas antes del 14 de Enero de 2011 tenian un plazo de 6 meses para acudir a la ITV para y que se lo pongan en la ficha tecnica (intentando demostrar que las instalaron / compraron antes de esa fecha). Los vehiculos que llevan instalada las luces diurnas despues de esa fecha debe regularizar de la misma manera si situacion.

La probabilidad de que nos denuncien por este tipo de luces es baja aunque no estamos exentos de una denuncia de este tipo ya que cada vez mas la Administracion trata de regularizar esta situacion y este tema. Se trata de poner unas guias de control a algo tan importante como es el sistema de iluminacion del vehiculo.

Todo ello de acuerdo con el articulo 7.2 del Reglamento de Vehiculos, su Anexo X y el RD. 866/2010 que regula la tramitacion de reformas de importancia.

Campaña de motos y ciclomotores 2010.

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Arranca ya la Campaña de control de motocicletas y ciclomotores que efectúa la Unidad de Motoristas de la Policia Local Zaragoza y que durará durante todo el verano.

Especial interés tienen los ciclomotores que hacen ruido y no circulan de forma adecuada, durante este verano se hará especial hincapié en las características técnicas de las motocicletas y ciclomotores así como que tengan al día la Inspección Técnica. Es decir, tubos de escape, retrovisores, intermitentes, motor, ruedas…etc.

Hay que decir que durante este verano se realizará de forma más intensiva y que es algo muy bueno para la ciudad por el control que hay sobre este colectivo, especialmente sobre los ciclomotores que eran los grandes olvidados, situación que no podía continuar siendo así.

Así pues y para recordar, todos los ciclomotores que cumplan 3 años desde su matriculación están llamados a pasar la itv para ciclomotres. Con esta medida además de elevar el nivel de seguridad sobre este colectivo se han disminuido notablemente el número de infracciones técnicas que pesan en los conductores de ciclomotores.

Ahora y como debemos de recordar los ciclomotores tienen que pasar la itv antes del tercer año desde la matriculación y a partir de ahí tendrán la revisión cada dos años. Principalmente se busca disminuir el volumen de infracciones que hay en este sector tipificados en conductores de barrio con tubos de escape sin homologar y haciendo ruido.

Las nuevas reformas en materia de tráfico.

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Tenemso que reconocer que nos ha sorprendido las nuevas reformas en materia de tráfico que se esperan que salgan pronto publicadas en el BOE.

Para empezar un vehículo aparcado en zona azul sin ticket no podrá ser retirado con grúa; si bien sólo será denunciado. A nosotros esto nos parece obvio, ya que la zona azul tiene que ser controlada por por la empresa encargada por concurso público de explotar los espacios de la via publica destinados a estacionamiento de vehículos en zona azul; de esta menera hay mas Policias Locales prestando otro tipo de servicios y no éste que en parte generaba pérdida de tiempo, e insistimos, la gestiona una empresa privada la cual ella ha de ser la encargada de que nadie se le coma el pastel.

Estacionar en estas plazas para discapacitados se considerará una falta grave, al igual que programar el navegador mientras se conduce, con multas de hasta 200 euros.

- ‘Conducción de forma negligente:  El titular del permiso no perderá cuatro puntos como hasta ahora en los casos de “conducción de forma negligente”, por ser ambiguo y llevar a la confusión del conductor. Hay que mencionar que existe otro apartado que sí lleva pérdida de 4 puntos y es conducir de forma negligente creando un peligro concreto.

- No se perderán puntos por parar en el carril-bus: No estamos muy de acuerdo con esta propuesta, mas que parar por estacionar. Un vehículo estaciona en carril bus debería perder los puntos asignados (2) a dicha infracción puesto que obstaculiza la circulación. Parar no pero estacionar si.

- No se perderán puntos en autopistas de acceso a ciudades: Tampoco conllevará pérdida de puntos el exceso de velocidad en las autopistas de acceso a las ciudades, limitadas en muchos casos a los 80 kilómetros por hora, siempre que el vehículo no supere los 130 kilómetros por hora. Si que estamos de acuerdo, la velocidad en muchos casos es relativa aunque aconsejamos siempre respetar los límites que por algo están, pero para eso están los rádares y las multas, quien corre.. infracción y boletín de denuncia.

- Se permitirán los avisadores de radar: Con el nuevo texto tampoco estará prohibido utilizar avisadores de radares, aunque sí será sancionable colocar en el vehículo dispositivos que inhiben los propios sistemas de control de velocidad instalados por la DGT. Hay que matizar entre avisadores de radares a sistemas de control de que inhiben los rádares de tráfico. Un ejemplo; yo tengo un aparato que me avisa que hay un rádar (no estará prohibo). Yo tengo un aparato que cuando un radar me hace una foto, destella y no se me ve la matrícula (si que está prohibido; grave).

- ITV: Además, sólo se podrá pasar la ITV a un vehículo si se está al corriente de pago del seguro obligatorio. De este modo, a la entrada en vigor de la ley, las estaciones de ITV pedirán la acreditación del seguro obligatorio en cada inspección. Esta es una medida simplemente perfecta.

- Deja de ser obligatorio llevar encima los documentos del coche: Durante la tramitación de la ley ya se habían introducido otras modificaciones al proyecto presentado inicialmente por el Gobierno. Entre ellas, la que acaba con la obligación de llevar en el coche toda la documentación, ya que deberá ser la Administración la que compruebe que el vehículo cuenta con todos los permisos. Sin embargo nos oponemos totalmente a esta medida, para ello seria necessario que la administracion dotara a los Ayuntamientos de sistemas mas preciosos y actuales para modernizar a la Administracion Municipal. Además que dicho sea de paso, al conductor le ahorraría mucho tiempo dinero y mas de un susto portar la documentación del vehículo.

La obligación del conductor se limitará a tener todos los documentos exigidos por la Ley en regla y vigentes, pero no a llevarlos físicamente en el vehículo.

- Descuento por pagar pronto las multas: En el procedimiento sancionador, se aumenta el descuento por “pronto-pago”, que pasa a ser de hasta el 50% del importe de la multa que, además, podrá pagarse en el mismo momento de la denuncia y con tarjeta de crédito, acabando con un proceso farragoso para el ciudadano.

- Las multas financiarán la seguridad vial: La nueva Ley de Seguridad Vial, que se debatirá la semana que viene en el pleno del Congreso, obligará además al Gobierno a destinar todo lo recaudado por multas a políticas de seguridad vial, como supresión de puntos negros o sustitución de quitamiedos peligrosos.

Toda esta información está obtenida de www.elmundo.es

Inspección Técnica de Vehiculos.

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Hoy nos hemos propuesto hacer un breve repaso a modo de recordatorio para todas aquellas personas que sigan este blog sobre la Inspección Técnica de Vehículos, la ITV. Ese documento que cuando nos paran solemos decir “haaay, cierto… la iba a pasar mañana..”. A continuación os dejo un cuadro resumen, los años empiezan a contar a partir del año de matriculación. Así que ojo aquellas personas que compréis un vehículo con algún año de antiguedad porque aunque no os acordéis debéis pasar la ITV.

1. Motocicletas: Hasta 4 años están exentas. Más de 4 años revisión bienal.

2. Turismos: Lo mismo, hasta 4 años exentos. Más de 4 años revisión cada dos años.

3. Ambulancias, autotaxis, vehículos mixtos de SP, autobuses: Hasta 5 años deben pasar una revisión anual. Pasado los cinco años la revisión es cada seis meses.

4. Ciclomotores: La estrella novedosa. Hasta los 3 años están exentos. Pasado los tres años revisión bienal. Y de la forma que ya explicamos en su dia.

5. Vehículos mixtos de menos de 3,5 PMA: Hasta 2 años exentos. De 2 años a 6 bienal. De 6 a 10 años anual y más de 10 años semestral.

Podéis obtener más información en los artículos 10 y siguientes del Reglamento General de Vehículos.

Además como novedad el 1 de Septiembre entró en vigor la reforma que afecta a las motocicletas y ciclomotores respecto a la obtención del permiso A y A1. Esta reforma aunque ya esta aprobada según la disposición transitoria no será de aplicación hasta pasado dos años, es decir, hasta el 1 de septiembre de 2010. Y los cambios mas significativos son los siguientes;

Hasta 125 cc.Para jóvenes de más de 16 años se podrá obtener el carné A1 que permitirá conducir motocicletas de hasta 125 centímetros cúbicos. La edad pasa de los 14 a los 15 para obtener la LCC y para poder llevar pasajero se eleva a los 18 años.

Hasta 400 cc. Se otorgará la licencia A2 para motocicletas de entre 125 y 400 centímetros cúbicos.

Cilindrada libreCon un mínimo de dos años de carnet con licencia A2 y para personas de al menos 24 años.

Esperamos que con este post mini recordatorio os hayamos ayudado a dejaros las cosas más claras!!. Un saludo!.

Tratamiento con ciclomotores.

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La metodología a utilizar con los conductores de ciclomotores es fácil. Cuando los policias intuyan que un determinado ciclomotor puede que arroje unos ruidos excesivos le informarán al conductor del ciclomotor que debe de acompañarles al depósito municipal para realizar las mediciones de ruidos.

A. Si se niega los agentes podrán inmovilizar el vehículo y trasladarlo al depósito para realizar la medición. Con la correspondiente denuncia al conductor.

B. Si no se niega (vemos que no tiene muchas opciones) lo llevaremos al depósito municipal y realizaremos dicha medición.

Si el ciclomotor arroja un ruido superior al permitido el conductor deberá llevarlo al taller y subsanar los defectos pudiendo circular unicamente depósito – taller – depósito. Defectos que son producidos por el colocar piezas mecánicas no homologadas, es decir, por instalar tubos de escape y cambiar piezas del motor.

Si arroja un ruido muy superior al permitido, se inmoviliza directamente. Generalmente aquí se lleva a la chatarra porque el conductor para subsanar los defectos debe solucionar el ruido, teniendo que traer un mecánico al depósito. Cosa que resulta muy cara. Asi que en el 99% de los casos el conductor renuncia del ciclomotor.

Como vemos, los ciclomotores deberán pasar la ITV. El no pasarla provocará que todos aquellos que se detecten sean denunciados y los conductores deberán de adecuar los órganos mecánicos del ciclomotor o lo que es lo mismo, no trucarlos o cambiarlos por piezas homologadas. Todo que sea legal. Ello además otorgará seguridad a los vehículos y conductores.

Si los coches y las motocicletas pasan la ITV, ¿por qué no los ciclomotores?.

Todo esto se llevará a cabo a partir del 1 de Enero, unos meses antes que en el resto de España. Colocando a Zaragoza en una ciudad puntera en materia de tráfico.

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