(Foto Heraldo de Aragon. Joven circulando en bicicleta utilizando cascos o auriculares. Infraccion a la normativa de trafico). Y para hablar de las bicicletas primero deberemos decir en base a qué legislación se rigen y es que las bicicletas como cualquier otro vehículo debe cumplir unas normas. No entraremos a debatir en qué medida, puesto que como en todo en la vida, hay un sentido común por mínimo que sea y que el legislador a menudo intenta llegar a puntos cotidianos de la vida que son inalcanzables.

Empezaremos con la buena noticia de que a partir de Febrero las biclitas podran matricularse para asi poder llevar un registro y control ademas de ser mas facilmente identificables en caso de sustraccion.

¿En Zaragoza a que norma atienden las bicicletas o los ciclistas?. En Zaragoza particularmente el comportamiento de las bicicletas viene regulado en la Ordenanza de Circulacion de Peatones y Ciclistas (aunque el Reglamento General de Circulacion RD. 1428/98 ya nos hable de las bicicletas). Entre otras cosas si atendemos escrupulosamente a dicha ordenanza nos dice por ejemplo:

Por un lado les otorga prioridad pero por otro pone la coletilla de “deberan respetar siempre la señalizacion general y la normativa sobre Circulacion y Trafico”. Entonces me pregunto para que hacen dicha Ordenanza cuando la Normativa sobre circulacion y trafico la encontramos en los articulos 64, 65 y 66 del Reglamento General de Circulacion y nos dice que:

Los conductores de bicicletas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor:

  1. Cuando circulen por un carril bici, paso para ciclistas o arcén debidamente señalizados.
  2. Cuando para entrar en otra vía el vehículo de motor gire a derecha o izquierda, en los supuestos permitidos, y haya un ciclista en sus proximidades.
  3. Cuando circulando en grupo, el primero haya iniciado ya el cruce o haya entrado en una glorieta.

En lo que se refiere a las famosas zonas 30, en principio pensadas para una convivencia armoniosa entre usuarios de la via, vemos que en muchas calles de Zaragoza dadas las formas y la estructura arquitectonica y urbana de la propia calle hacen que el espiritu zona 30 o via pacificada desaparezca. Esta muy bien catalogar ciertas calles como vias pacificadas pero dicha catalogacion debe ir acompañada de una partida economica para reforzar mas si cabe la señalizacion, no basta con una señal de ’30′ pintada en la calzada. No. Hay que currarselo mas, señales de preferencia, de indicacion, volver a reforzar las lineas continuas y discontinuas, eliminar elementos que pudiera dañar la visibilidad como ramas de arboles o elementos urbanos entre otras cosas.

Pero lo gordo no viene ahi lean primero lo que dice el Reglamento General de Circulacion sobre el transito de peatones:

Artículo 65. Prioridad de paso de los conductores sobre los peatones.

1. Los conductores tienen prioridad de paso para sus vehículos, respecto de los peatones, salvo en los casos siguientes:

  1. En los pasos para peatones debidamente señalizados.
  2. Cuando vayan a girar con su vehículo para entrar en otra vía y haya peatones cruzándola, aunque no exista paso para éstos.
  3. Cuando el vehículo cruce un arcén por el que estén circulando peatones que no dispongan de zona peatonal

Y ahora citare textualmente la Ordenanza para la Cirulacion de Peatones y Ciclistas:

Las Zonas 30 son zonas especialmente acondicionadas y señalizadas en las que, la velocidad maxima en la banda de circulacion es de 30km/h. En estas vias, los peatones podran atravesar la calzada fuera de las zonas señalizadas, para lo cual deberan cerciorarse de que pueden hacerlo sin riesgo.

Claramente la Ordenanza de Circulacion de Peatones y Ciclistas contraviene la Ordenanza General de Trafico (que es casi una copia del Reglamento General de Circulacion) y el propio Reglamento General de Circulacion que es una norma con rango superior. Entonces ¿para que han hecho esta Ordenanza?. Ademas el articulo 18 de la Ordenanza de Peatones y Ciclistas nos dice:

Al transitar por las zonas 30 los vehiculos a motor deberan circular con precaucion ante una posible invasion de la via por parte de otros usuarios y adecuar su velocidad a la de las personas que circulen en bicicletas.

Claramente me parece una tomadura de pelo y saltarse a la torera la Ley de Trafico y Seguridad Vial. Es cierto que en una calle peatonal los conductores deben circular atentos a los peatones que tiene total prioridad; por ejemplo la Calle Cinco de Marzo o Calle Alfonso hasta ahi perfecto, pero en una Calle 30 (via pacificada) me parece una verguenza y sobre todo me parece que va en contra de la Ley de Trafico y Seguridad Vial.

Esto puede ser peligroso; ya que muchas de las calles de Zaragoza donde es zona 30 estan llenas de vehiculos en doble fila, mal estacionados y la señalizacion no es la idonea. Creando juridicamente un mecanimos de indefension al conductor que incluso puede circular respetando las señales.

¿Una bicicleta puede hacer lo que queira en una zona 30? Si pero no. Si atendemos a la Ordenanza de Circulacion de Peatones y Ciclistas nos dice que las bicicletas tendran prioridad sobre los vehiculos. La misma Ordenanza nos menciona ademas en otro parrafo que en dichas calles peatones y ciclistas podran cruzar por donde quieran independientemente de si existe paso destinado para ellos. Si a esto ultimo le añadimos lo primero nos encontramos que una bicicleta puede subir a la acera y bajar de la acera constantemente sin perjuicio alguno.

No estoy tratando de criminalizar a los ciclistas pues solo estoy intentando poner un poco de sentido comun en un monton de basura juridica y legislacion cuando solo haria falta aplicar un poco el sentido comun y las normas de circulacion existentes. Tambien es cierto que el coche todavia no aprende a convivir con la bicicleta y que es algo a lo que poco a poco tendra que acostumbrarse a las buenas o a las malas.

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