Hace tiempo ya hablamos sobre las luces xenon en vehículos. Hoy voy a incidir mas en el tema ya que me he fijado que muchas busquedas en internet sobre estas luces van a parar aqui (resulta curioso). Empezaré diciendo que autoinstalarse este tipo de luces es peligroso e ilegal.
Para empezar pensar que estamos cambiando el sistema de iluminación de un vehículo con sus partes y componentes por otros diferentes. No quiero ni pensar si esos componentes son ‘made in China’. La chapucería que podemos hacer con nuestro coche en algunos casos puede ser sorprendente. Instalarnos unas luces xenon en nuestro vehículo sin seguir los pasos adecuados ni estar la instalación autorizada es una infracción al art.7.2 del Reglamento General de Vehículos que lleva aparejada una multa de 200 euros por realizar una reforma de importancia sin autorización.
Las estaciones ITV son el organismo adecuado, según el Mº de Industria para otorgarnos la autorización. Para dar por buenas las reformas que hagamos a nuestro vehículo.
Las luces xenon estan homologadas de acuerdo al Reglamento CE37 (directiva europea) el cual establece una serie de particularidades para este tipo de luces. La homologación de estas luces viene determinada por la contraseña ‘DC’ o ‘DCR’ y esta situada en el faro. Además deben de llevar un regulador de alcance de luz automático, que viene a ser que los focos se regulan con el apagado y encendido del vehículo y un lavafaros en el foco (de acuerdo a la normativa ECE/48). Son las tres particularidades de este tipo de luz.
Las Lámparas de Descarga (o Xenon) deben estar oficialmente homologadas y adecuarse a la Normativa ECE/99 y no solamente contemplarla ( Muchos Kits rezan :CONFORME A E99). Dicha Normativa sólo permite una disposición concreta de los elementos de la lámpara , unos tipos de casquillo y unas características lumínicas.
Los faros de Lámparas Halógenas (focos normales) sólo pueden emplearse con Lámparas Halógenas y los faros de Lámpara de Descarga con Lámparas de Descarga. Para saber si un faro admite Halógena o de Descarga, en el código de Homologación que debe llevar marcado indeleblemente pondrá: H para Lámpara Halógena y D para Lámpara de Descarga. Si en el foco consta DC o DCR ese faro admitirá luces xenon.
Esto invalida completamente el uso de lámparas de una tecnología en faros pensados para otra. Ademas lleva aparejado el peligro que supone circular con luces xenon cuando tu vehículo no esta capacitado para llevarlas instaladas ya que proyecta un potente haz de luz que produce deslumbramiento. Cualquier modificación del sistema de iluminación debe ser comunicada a la ITV debiendo ser aprobada y anotada en la Ficha Técnica. En algunos centros venden kits como homologados cuando la única homologación que cumplen es la ECE/11 siendo esta insuficiente.
Las compañías de seguro en caso de siniestro podrán no hacerse cargo de la responsabilidad en el siniestro aunque el uso del kit no haya sido un factor del accidente. Los bulbos de Proyección de Faros de Reflexión en Faros de tipo Halógeno dan como resultado un haz no uniforme y que causa molestias a otros conductores e incluso puede provocar reflejos al propio conductor


Comentarios recientes