Reformas penales.

Para aquellos despistados o mejor dicho para aquellas personas -como casi todo el mundo- que no está informada de las novedades penales vamos a darles unos mínimos retoques. La última reforma del Código Penal en materia de tráfico afecta a algo tan conocido como las alcoholemias.

El negarse al sometimiento de una prueba de alcoholemia o prueba para la detección de drogas si antes era una infracción administrativa ahora es un tipo delictivo del art.383 del Código Penal. Si señores, es delito. Así que si alguno de ustedes se niega, sepa que puede incurrir en un tipo penal. Del mismo modo que recordamos que conducir bajo la influencia de alcohol o drogas es delito art.379 Código Penal.

Si no ha bebido hágase la prueba, si ha bebido… hágala igualmente y no beba la próxima vez.

Así que desde Zaragozamemata y, aunque sea un poco tarde desde que se produjo la reforma, informamos a nuestros lectores de algunas de las reformas.

6 comentarios

  1. Siempre estáis a tiempo de pedir una prueba de sangre.
    SALUDOS

  2. Nos referiamos tambien que se niega a solicitar una prueba de sangre, si no se niega no existe el delito.

  3. Pues en relación con las alcoholemias, siempre intentan poner en el atestado que renuncias a una prueba de sangre, hasta que un cliente se cabreó (y eso que iba de oficio)les puso una denuncia por falsedad documental. Yo mismo le dije qué es lo que tenía que hacer y a dónde se tenía que dirigir.

    Estamos de injerencias, abusos y falsedaes de Gobierno y Administración hasta los cojones, cualquier día tendrán que salir con el rabo entre las patas.

  4. Negarse al test de alcoholemia no es delito si no hay síntomas de ebriedad

    http://www.diaridetarragona.com/027120/negarse/test/alcoholemia/delito/sintomas/ebriedad

  5. Según el vigente código penal si, por lo tanto el procedimiento de actuación es el mismo. Otra cosa es que un juez lo tire para atrás pero el protocolo de actuación es como si fuera delito.

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